lunes 7 de diciembre de 2009

Piden 20 años para una mujer que mató a su hijo de cinco años y además denunciaba que su marido intentaba matarla.

Las Palmas G.C.
Miércoles 29 de abril de 2009
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Lanzó al bebé al vacío por n barranco en Costa Calma después de poner una denuncia a su marido en comisaria.
M. REYES La Fiscalía Provincial de Las Palmas solicita 20 años de internamiento psiquiátrico para la mujer que despeñó a su bebé por un barranco de casi cinco metros de altura. La fiscal acusa a Mariana Rivara de un delito de asesinato, pero sustituye la petición de cárcel por el ingreso en un centro penitenciario psiquiátrico, pues la procesada "lanzó al niño por el barranco convencida de que la perseguían y la querían matar".
En concreto padece una "esquizofrenia paranoide crónica de varios años de evolución", según sostiene la fiscal Rosario Sánchez Romero en su escrito de acusación.
Rivara tampoco tenía conciencia de su enfermedad mental cuando lanzó a su hijo al vacío. En ese momento se encontraba "en pleno brote psicótico agudo" y tenía "totalmente anuladas" sus capacidades mentales, una situación que la exime de responsabilidad criminal. De ahí la medida de internamiento solicitada.
Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2008 en el mirador de Costa Calma, Fuerteventura. El niño, de apenas cinco meses de edad, murió dos días después en un hospital de Gran Canaria debido a los fuertes golpes sufridos en la cabeza.
La acusada había estado esa tarde en la comisaría de la Policía Local de Costa Calma. Allí se presentó con su hijo para interponer una denuncia por malos tratos contra su marido, según ella porque la familia de su esposo "quería matarla".
Ante la situación de nerviosismo e intranquilidad de Mariana, los policías decidieron llamar a su propio marido, que se presentó en las dependencias municipales a los pocos minutos y consiguió calmarla. Para ello le propuso que fueran juntos a la casa familiar.
Ella aceptó, pero el marido le sugirió que diera un paseo por la playa y lo esperara allí con el bebé, mientras él acudía a su puesto de trabajo para pedir el día libre. Fue en ese intervalo cuando se produjo el crimen. Mariana llegó al mirador donde termina el paseo de Costa Calma, dio varias vueltas sobre sí y tiró a Lucas Nasine por un barranco de 4,83 metros de altura con el propósito de quitarle la vida.
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El caso de Martí T.

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Domingo 26 de abril de 2009
MANUEL MOLINA DOMÍNGUEZ (Abogado)
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La Sección vigésima de la Audiencia Provincial de Barcelona dictó hace unos días una sentencia estremecedora. No por su fallo -absolutorio y bien fundamentado-, sino por algunos de los hechos cuya autenticidad viene a confirmar. Hace dos años, a finales de marzo de 2007, Martí T., de 34 años de edad, vecino de Mollet (Barcelona), contable en una multinacional, separado y padre de dos hijos (de 2 y 6 años de edad, respectivamente), se preparaba para irse de vacaciones con sus pequeños.
Cuando iba a iniciar dicho periodo vacacional, la policía le detuvo y esposó en presencia del menor de los niños. La madre de los menores -ex cónyuge de Martí- le había denunciado por presuntos abusos sexuales a sus hijos. Y los hechos denunciados eran lo suficientemente graves como para que se decretase judicialmente, como se hizo poco después, su ingreso preventivo en prisión a la espera de juicio.
Lo tremendo del asunto es que, cuatro meses más tarde, los forenses que exploraron a los niños descubrieron, no solo que ni el padre ni ninguna otra persona había abusado de los menores, sino sólidos indicios de que los pequeños habían sido presuntamente inducidos por la ex cónyuge de Martí (y parece que también por su ex suegra, abuela materna de los niños) para que "recitaran" una serie de acusaciones contra su padre en ese sentido.
Ni que decir tiene que Martí fue inmediatamente puesto en libertad. De hecho, el caso se archivó antes de llegar a juicio, pero la madre presentó recurso para reabrirlo.
El abogado de la denunciante solicitó penas que sumaban 16 años de prisión. Tanto el abogado encargado de la defensa de Martí, como la fiscalía solicitaron su libre absolución. Ahora el tribunal ha confirmado su inocencia.
El problema es que, a pesar de ser inocente, ese padre pasó cuatro meses en prisión provisional a causa de una denuncia que ha resultado falsa. Cerremos los ojos por un momento y hagamos un pequeño esfuerzo de imaginación: ¿Cómo nos sentiríamos si fuéramos encerrados en prisión, perdiendo nuestra libertad y nuestro trabajo, acusados de un delito horrible, observados con hostilidad por otros reclusos a cuyos ojos fuéramos poco más que un repugnante abusador de menores, y todo ello siendo completamente inocentes?
Hace algunos meses -cuando la prensa empezó a hacerse eco de lo que parecía haber detrás de este feo asunto- le pregunté a un psicólogo forense experto en el tema cuales podrían ser las consecuencias que dicho periodo en prisión -amén del propio hecho de haber sido acusado y procesado por un delito tan atroz- tendría para ese hombre falsamente denunciado.
En opinión de dicho profesional, el sujeto expuesto a tal situación seguramente se vería obligado a recibir tratamiento psicológico durante muchos años (quizá de por vida). Y, en cuanto a la relación con sus hijos, opinaba que ésta se vería gravemente dañada y llevaría muchos años recuperarla con normalidad; porque hay que tener en cuenta también el daño causado a unos niños tan pequeños al haber sido inmersos -e inducidos a participar activamente- en la truculenta trama acusatoria contra su propio padre.
Al parecer, Martí se plantea iniciar en breve los trámites procesales para obtener la custodia exclusiva de sus hijos, y que éstos dejen de estar a cargo de la madre denunciante; es decir, de la persona que -al parecer- les utilizó como manipulados e inocentes instrumentos de sus odios y/o rencores. ¿Qué menos que ese inmediato cambio de custodia para proteger debidamente a los pequeños?
Pero, ¿qué sucede con el daño causado? ¿Quién compensará a ese hombre por el tiempo que permaneció privado de libertad, en prisión, y en muy difíciles circunstancias? ¿Y por el daño provocado a su relación con sus hijos?
La respuesta es: nadie. Porque nada ni nadie podrá compensarle jamás, ni por asomo, por los meses encarcelado, ni por su descrédito social y profesional, ni por el sufrimiento moral, ni por el tiempo de la vida de sus hijos -más de dos años- durante el que no ha podido relacionarse con ellos y que ya nunca recuperará.
No obstante, sí sería interesante que se investigasen con detalle las circunstancias de la reiterada denuncia y, de estimarse que su ex cónyuge y/o cualquier otra persona son autores, cómplices o inductores de un delito de denuncia falsa, se les procesara y -en caso de ser declaradas culpables- se les condenase a la pena prevista para dicho delito en el Código Penal.
Porque sólo persiguiendo hasta sus últimas consecuencias a los autores -y autoras- de denuncias falsas se evitará que queden impunes y, consecuentemente, podrá evitarse también esa utilización fraudulenta de la Ley y de la administración de justicia.
De no hacerse así, además, muchos hombres -de cualquier estrato social- inmersos en procesos de divorcio, que no estén dispuestos a renunciar a todo aquello que se les exija (no sólo de carácter económico, sino también en lo que se refiere a compartir la custodia o a la participación igualitaria en la vida de sus hijos), deberán mirar a menudo por encima de sus cabezas para ver si divisan aquella afilada y puntiaguda espada que, suspendida por un fino pelo de crin de caballo, pendía sobre Damocles.
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La mujer puso 9 denuncias falsas y ahora pierde la custodia de su hija

Diario de Sevilla

La sentencia recoge que la guarda y custodia de la menor ha sido concedida a su padre con el que se asegura que la niña se ha adaptado "plenamente" y de manera "positiva y rápida".
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EFE, sevilla
23.04.2009
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La Audiencia de Sevilla ha concedido a un padre la guarda y custodia de su hija y se la ha retirado a la madre, debido a la "actitud obstruccionista y sistemáticamente inclumplidora" de la mujer, que fue juzgada y absuelta por presentar nueve denuncias falsas contra su ex compañero.
La Sección Segunda de la Audiencia, en una sentencia confirma en todos sus extremos la resolución del juez de Familia 7, quien retiró a la madre M.L.A.V. la custodia sobre su hija de 9 años y se la otorgó al padre F.R.A.
Dicen los jueces que desde julio de 2008, cuando la niña empezó a vivir con su padre y dos hijas de éste, se ha adaptado "plenamente" y de una manera "positiva y rápida".
Frente a ello, la madre se encuentra en una situación emocional de "desequilibrio y frustración, con sintomatología ansioso-depresiva" que ha derivado en una actitud "obstruccionista y sistemáticamente incumplidora de la obligación de hacer frente al régimen de visitas paternofilial".
Ello "pese a los numerosos requerimientos y advertencias judiciales", precisa la Audiencia. El abogado de la madre, Francisco Antonio Moreno, ha informado de que la Audiencia ha basado su decisión en la obstrucción al régimen de visitas por parte de M.L.A.V., que ha motivado "múltiples denuncias y algunas condenas penales".
La Audiencia no ha tenido en cuenta la más grave de dichas denuncias judiciales, por la que la mujer fue juzgada y absuelta en enero pasado por presentar contra su ex compañero nueve presuntas denuncias falsas de maltrato y por delitos de índole sexual contra la hija común.
El juzgado penal la absolvió porque lo denunciado no era "descabellado ni imposible" y simplemente "no hubo una investigación suficiente" en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en una sentencia que en la actualidad se encuentra pendiente del fallo definitivo en la Audiencia.
Los jueces de Familia de la Audiencia rechazan la custodia compartida por periodos semanales, como pidió el fiscal en el juicio, debido a la "excesiva judicialización de las relaciones entre los progenitores con respecto a la menor".
Tal opción "lejos de rebajar la tensión", corre el riesgo de agravarla "de manera irreversible en perjuicio de la menor, verdadera víctima de la crisis que afecta a sus progenitores", según la sentencia.
Añade que el régimen compartido "corre el alto riesgo de convertirse en una fuente continua y constante de problemas y conflictos, que lejos de rebajar la tensión la agrave de manera irreversible".
Por otra parte, la convivencia con la familia paterna ha sido recomendada por el Equipo Psicosocial de los juzgados "en aras de la estabilidad emocional de la menor, y sin perjuicio de un amplio régimen de visitas a favor de la madre", dicen los jueces.
Por tanto la Audiencia confirma la decisión del juez de Familia de fijar un régimen de visitas a favor de la madre, que además deberá pasar una pensión mensual de 180 euros a favor de la menor.
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sábado 5 de diciembre de 2009

Condena a costas a una mujer por abusar de la ley de violencia de género

El juez tiene claro que la mujer busca una condena para su ex marido a toda costa aprovechándose de la Ley contra la Violencia de Género. En su sentencia pide al fiscal que investigue la actuación de la denunciante.
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PABLO MARISCAL.
26/02/09
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La denuncia presentada por C.J.G. contra su ex marido por amenazas y quebrantamiento de la orden de alejamiento ha colmado la paciencia del juez de lo Penal 1, Manuel Píñar. El magistrado ha absuelto al acusado E.S.F. y de paso ha condenado a la denunciante a pagar las costas del proceso.
Todo porque el titular del juzgado considera que esta mujer, divorciada de su pareja, "aprovecha la grave preocupación de todas las instituciones ante el fenómeno de la violencia de género para dar rienda suelta" a sus sentimientos de "odio y venganza" contra el que durante años fue su compañero, según afirma el juez en su sentencia dictada el pasado 17 de febrero.
La "insidia persecutoria" de C.J.G. contra su ex marido responde, según el fallo judicial, a la necesidad de satisfacer "la ansia vengativa mostrada hacia el acusado". El magistrado recuerda que el hombre ha sido "detenido, acusado y sometido a juicio en cuatro ocasiones", las mismas en que ha sido absuelto.
Por eso entiende el titular del juzgado que ese "abusivo uso de la normativa de violencia de género" es lo suficientemente relevante "como para que ya se hubiese actuado contra la señora C.J.G.". Y como nadie lo ha hecho hasta ahora, el juez ha decidido tomar cartas en el asunto.
En la sentencia ordena que, una vez sea declarado firme el fallo, se deduzca testimonio a la Fiscalía provincial "por si la acusada hubiese incurrido en algún hecho delictivo". El juez lo tiene claro. Además de absolver al ex marido, ha condenado a la denunciante a pagar las costas del proceso penal "con expresa declaración de temeridad en su denuncia".
Al fiscal general. La sentencia del Juzgado de lo Penal contiene una crítica contundente a la "pusilanimidad de quien debe perseguir y no lo hace tan abusivo uso de una normativa como es la de violencia de género" una ley que, según el juez, está "prevista para los casos verdaderamente serios y graves que ocurren".
El juez Píñar ha notificado al fiscal la conducta "temeraria" de la denunciante pero también ha puesto su crítica en conocimiento de la Fiscalía General del Estado "para que se tome conciencia del mal uso que se suele hacer de la normativa de violencia de género".
La propuesta del magistrado granadino, dirigida directamente a Cándido Conde-Pumpido, persigue que el Ministerio Público "imparta instrucciones para perseguir conductas como la presente que se vienen observando en determinados casos". Esto es, que los fiscales intervengan de oficio cuando detecten que una persona usa la Ley contra la Violencia de Género para conseguir un fin distinto al que impera en el texto legal.
Un caso de "mala fe". La mujer denunció esta última ocasión a su ex pareja por un delito de amenazas y otro de quebrantamiento de la orden de alejamiento. La sentencia considera que "no se ha probado" que E.S.F. hiciese un gesto con la mano en el cuello en presencia de su ex pareja y tampoco que dijese que la iba a matar. El juez entiende que el mero testimonio de la denunciante no es motivo para condenar al acusado, principalmente porque su relato no tiene credibilidad ni verosimilitud, según el fallo.
Más bien al contrario. El magistrado califica la actuación de esta mujer durante los seis folios de la sentencia como "maquinación diabólica", "ansia vengativa hacia el acusado", "instinto de odio y venganza", "insidia persecutoria", "mala fe" y "actuación caprichosa y malintencionada". Insiste en las tres ocasiones en las que este hombre fue denunciado, detenido, juzgado y absuelto por hechos similares y concluye que el deseo de C.J.G es el de "crear un clima de nerviosismo en el acusado con clara provocación por parte de la víctima".
En este sentido recuerda que la mujer se llegó a instalar con su hija en una caravana "en un terreno contiguo a la casa del acusado" y que llegó a hacer una nave "ilegal" a escasos metros de la vivienda para culminar su "plan de acoso" e intentar colmar la paciencia del hombre "por si consigue a cualquier precio una condena".
El juez incluso reprocha que la denunciante no destinara ese dinero de la nave y la caravana a buscar una vivienda adecuada para su hija, que convive con ella, ya que en la actualidad "carecen de servicios esenciales".
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Juez Serrano insiste en que solo el 9,7% de las denuncias acaban en condena

http://actualidad.terra.es/nacional/articulo/juez-serrano-insiste-solo-denuncias-3060346.htm

09-02-2009

El juez de Familia 7 de Sevilla, Francisco Serrano, ha insistido hoy en las carencias de la Ley Integral contra la Violencia de Género y ha afirmado que, de las 480.663 denuncias presentadas en sus tres primeros años de vigencia, solo 46.921 acabaron en condena, lo que equivale al 9,7 por ciento.
En declaraciones a Efe, Serrano ha lamentado la 'falta de rigor' de la secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE, Soledad Cabezón, quien aseguró, en un comunicado divulgado ayer domingo, que se han dictado más de 71.000 sentencias condenatorias, que suponen el 70 por ciento de las denuncias realizadas.
Soledad Cabezón había criticado la 'falta de rigor y profesionalidad' del juez al confundir el número de sentencias no condenatorias con el de denuncias falsas, además de recordar que son todavía muchas las mujeres que 'por miedo u otras circunstancias acaban retirando la denuncia o no siguen el procedimiento'.
Serrano ha asegurado que los porcentajes que maneja Cabezón se refieren al total de condenas sobre los casos que llegan a juicio, y no tiene en cuenta las numerosas denuncias que se archivan, que ascienden a casi el 90 por ciento de las presentadas.
El juez ha citado los datos del propio Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según los cuales en los tres primeros años de funcionamiento de los juzgados especializados se registraron en toda España tenemos:
  • 480.663 denuncias por casos de maltrato de género.
  • 361.921 denuncias fueron archivadas
  • 59.376 llegaron a juicio
  • 46.921 terminaron en condena
  • 12.455 en sentencia absolutoria
Por ello, el juez de Familia ha pedido 'rigor, que se diga la verdad y no se maquillen las estadísticas', porque 'no se pueden interpretar los datos como le interesa a cada uno'.
Francisco Serrano ha lamentado que haya 'sectores de feministas radicales que hacen una huida hacia delante', y terminan interpretando las denuncias que se archivan como 'un error del juez o que el maltrato no se ha podido demostrar'.
Según los datos del Observatorio, cerrados en junio de 2008 y a los que ha tenido acceso Efe, en 2005 hubo 70.209 denuncias en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que ascendieron a 155.842 en el año 2006, a 162.165 en 2007 y 92.447 en los seis primeros meses de 2008.
En cuanto a las 59.376 sentencias dictadas en ese periodo, 35.998 fueron condenatorias de conformidad, 10.923 condenatorias en juicio de faltas y 12.455 absolutorias.

El juez Serrano compara la ley contra el maltrato con la base de Guantánamo

http://www.correoandalucia.com/noticia.asp?idnoticia=4424170096091095098097424170

Sevilla 07/02/2009

El juez Francisco Serrano ha vuelto a levantar la polémica con unas declaraciones en las que critica duramente a la Ley Integral de Violencia de Género, asegurando que es “injusta” y “perversa” y que las situaciones que “abuso” que provoca son similares “a la prisión de Guantánamo”.
En una entrevista con la agencia Efe, el juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, asegura que ve injusta esta ley y advierte de su posible “efecto perverso”, al proteger “situaciones de abuso” y no a las mujeres que realmente sufren maltrato. Para Serrano el abuso se produce “porque no se ha hecho una buena definición del maltrato”, aunque también reconoce que “ha traído cosas buenas, como que la sociedad no tolere situaciones de violencia.
Así, dice que la ley “estigmatiza” al hombre acusado de maltrato. Cuando la mujer denuncia, inmediatamente recibe el apoyo del abogado de oficio, el fiscal y las asociaciones contra la violencia, mientras que el hombre solo tiene a su letrado y, si luego pretende acusar por denuncia falsa, tiene la dificultad de “demostrar que ella no se equivocó al denunciar”, sostiene Serrano. De hecho, el juez compara la situación con la base de Guantánamo: “cuando a un hombre se le denuncia, a la cárcel y la llave tirada”. El magistrado asegura que sólo el 14% de las denuncias presentadas son casos de maltrato.
Francisco Serrano lamentó también que no se modifiquen las condenas por denuncias falsas, llegando incluso a la retirada de la custodia. Para el juez estas “desigualdades y situaciones injustas llevan a más violencia donde antes no la había e incluso a hombres que se suicidan”, aunque esos datos “no aparecen en la foto oficial”.
El magistrado presentará el jueves su libro ‘Un divorcio sin traumas’, en el que aboga por la mediación, aunque a su juicio esas líneas no se fomentan porque atacan la “línea de flotación” de “las asociaciones que viven de las subvenciones para el maltrato”.
El juez lamenta que “después de ciento y pico de años de discriminación, una ley termine diciendo que la mujer, por el hecho de serlo y por vivir en pareja, está discriminada y en una situación de subordinación bajo el poder del hombre”, algo que le parece “no solo discriminatorio para el hombre, sino también para la mujer”.
En su libro intenta reflejar “la situación real que se está generando, que no obedece a la realidad que tenemos que combatir. Sostiene que ha surgido un “hembrismo” que considera a la mujer un ser inferior necesitado de protección especial, una situación que le recuerda a la ideología de la Sección Femenina de la Falange, que practicaba la discriminación positiva aunque desde un “machismo casposo y cavernícola”.
El juez de Familia entiende que se debería haber creado una jurisdicción única especializada en Familia, que funcione con los mismos medios para la capital y la provincia.

Noticia de Hemeroteca: Juicio a una mujer por presentar cinco denuncias falsas contra su ex marido

El hombre dice que le comenzó a acosar cuando él inició otra relación.
J.F.M. PALMA.
10/02/09
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La fiscalía pidió una pena de multa para una mujer, vecina de Algaida, acusada de realizar una campaña de denuncias falsas contra su ex marido tras descubrir que había rehecho su vida sentimental. La mujer se sentó en el banquillo bajo una acusación de un delito de denuncia falsa, por el que la abogada de la acusación particular reclamó dos años de cárcel. La sentencia la dictará el juez Juan Manuel Sobrino.
Los hechos se remontan al año 2002. Tras más de 20 años de relación la pareja decide poner fin al matrimonio. Fue la mujer la que planteó la demanda de divorcio. Llegó a un acuerdo con el marido. Ella se quedaba con la vivienda habitual, que compartiría con sus tres hijos, y cada mes su marido le pagaba 1.200 euros de pensión compensatorio. El esposo se quedó con el negocio, una panadería.
Tres años después del divorcio, la mujer presentó sus primeras denuncias contra él. La mujer explicó que durante todo su matrimonio sufrió malos tratos. Afirmó que su primera paliza la recibió cuando estaba embarazada de cuatro meses, pero que durante los siguientes años de matrimonio estos episodios se fueron repitiendo.
Hasta cinco denuncias presentó la mujer contra su ex marido. En algunas incluía también a su hijo. Dijo que había ayudado a su padre a propinarle una paliza con una fregona y un palo. El hijo pasó una noche detenido en los calabozos de la Guardia Civil. Estas denuncias, o fueron archivadas, o las que llegaron a juicio se cerraron con una sentencia absolutoria. El marido contratacó presentando una querella por denuncia falsa.
El marido afirmó que nunca le había levantado la mano a su ex mujer y aseguró que todo el rosario de denuncias se inició cuando ella le sorprendió con otra pareja. Explicó que la mujer tenía prohibido trabajar en su negocio, pero que aún así ella siempre entraba e intentaba dar órdenes. Tras una pelea con su hijo, la mujer fue obligada a abandonar la casa, recordó el testigo, y desde que vive en otro pueblo el clima de enfrentamiento se ha ido calmando.
Los tres hijos que declararon como testigos mostraron el apoyo a su padre frente a su madre.
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